REVISIÓN DE CALDERAS, ¿CON QUÉ FRECUENCIA DEBE HACERSE?

Revisión de calderas

 

Control de calderas, ¿con qué frecuencia debe hacerse?La comprobación y el mantenimiento de la caldera deben realizarse con una frecuencia específica y regular. Puede suceder que no recuerde anotar en el calendario cuándo debe revisar la caldera, por lo que aquí hay una pequeña guía sobre las nuevas regulaciones vigentes para la seguridad y el funcionamiento adecuado de sus sistemas de calefacción.Inspección, revisión, mantenimiento de calderas: ¿son las mismas?Cuando pensamos en la caldera, generalmente hablamos de "control".

No es un término incorrecto, pero debemos entender a qué nos referimos con precisión.Revisión o mantenimiento ordinario.El Decreto Presidencial 74/2013 establece los procedimientos con los cuales debemos realizar la revisión o el mantenimiento de rutina de la caldera, para garantizar la seguridad del sistema y verificar si nuestra caldera cumple con las características correctas en términos de ahorro energético y ecológico.

La cadencia se puede indicar:Del técnico a la instalación de la caldera.de la productoraEn el manual de instrucciones técnicas de la caldera.de las normativas UNI y CEI.Para dar una indicación aproximada, la revisión de la caldera se debe hacer cada 2 años o una vez al año. No menos importante: es necesario ponerse en contacto con las empresas que están autorizadas para mantener las calderas para evitar situaciones desagradables y para tener los documentos en su lugar para cualquier muestra de verificación.

Control de calderaTambién conocido como Blue Stamp, el control real de la caldera se refiere al control de humos y nos brinda información sobre la eficiencia energética de la caldera. De acuerdo con el Anexo A del Decreto Presidencial 74/2013, los humos deben investigarse en diferentes períodos dependiendo del tipo de caldera , o mejor según el tipo de combustible usado y la energía suministrada:

Cada 4 años para calderas de gas natural o GLP con una potencia <100KWcada 2 si> 100KW

cada 2 años para calderas de combustible líquido o sólido con una potencia <100KWuna vez al año si> 100KWEl operador que realizará el control de humo se encargará de firmar un Informe que se enviará al gerente de la planta y se enviará a la oficina competente de la Región. Este organismo comunicará a los municipios interesados cualquier verificación que se realice como muestra.

Los propietarios de la caldera de condensación o las personas que ocupan su lugar son generalmente avisados mediante una comunicación por correo postal al menos 20 días antes.Sobre las sanciones no hay broma: estamos hablando de cifras desde 500 € hasta una multa de 3000 €

 

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El RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios) establece que es el titular de la instalación térmica de ACS y calefacción  el responsable de:

Que el mantenimiento de la instalación térmica se realice por una empresa mantenedora habilitada.Que se realicen las inspecciones obligatorias.De la conservación de la documentación de todas las actuaciones, ya sean de mantenimiento, reparación, reforma o inspecciones realizadas en la instalación térmica o sus equipos, consignándolas en el Libro del Edificio, cuando el mismo exista.

Existe un poco de confusión referente al mantenimiento de nuestras calderas. Se suele desconocer que revisiones e inspecciones son obligatorias por ley. Y evidentemente cada cuanto tiempo hay que realizarlas y quien esta facultado para hacerlo. Es común encontrar clientes que están pagando por duplicado por servicios similares. Las compañías y algunas empresas de mantenimiento aprovechan el desconocimiento para vender sus productos a los potenciales clientes sin tener en cuenta sus necesidades.

¿Por qué arriesgarse? Para asegurarse de que la instalación térmica y la sala de calderas cumplen con la normativa de calefacción central, la mejor garantía es siempre contar con el asesoramiento de profesionales cualificados que realicen un mantenimiento preventivo y correctivo de la instalación y que le mantengan al día de cuándo las inspecciones deben ser obligatorias.

Los inmuebles están obligados a someter su instalación a una revisión cada cuatro años (si ésta funciona con combustibles gaseosos o renovables), cada dos (en el caso de que no utilice combustibles gaseosos o renovables) o cada cinco (para los sistemas de aire acondicionado).